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ACUERDOS Y RESOLUCIONES
ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DEL ECUARUNARI
2012, CELEBRACIÓN DE LOS 40 AÑOS DE ECUARUNARI
Lucha y Resistencia por la Vida
La Asamblea Extraordinaria de la Confederación de la Nacionalidad Kichwa del Ecuador, ECUARUNARI, reunidos en el año de celebración de los 40 años de lucha y resistencia por la vida, los días 3 y 4 de febrero de 2012, en las instalaciones de la Casa de la Cultura Ecuatoriana, por decisiones colectivas de los representantes de las organizaciones y comunidades bases de ECUARUNARI, presentamos los siguientes ACUERDOS Y RESOLUCIONES.
1. 2012 se declara como año de celebración de los 40 años de ECUARUNARI. El histórico proceso organizativo debe celebrarse con actos y acciones que reivindiquen nuestras luchas y demandas hacia el Estado Ecuatoriano.
2. La Confederación Kichwa se declara en movilización, por la política extractivista, por el alto costo de la vida, por la imposición de nuevos impuestos, la desprivatización y democratización del agua y su manejo comunitario; por una verdadera revolución agraria integral, por una verdadera democratización de la comunicación y por el respeto y cumplimiento de los Derechos Colectivos.
3. Convocamos a los distintos sectores sociales organizados del país que están siendo afectados por las políticas gubernamentales a converger en una agenda y acciones conjuntas de lucha.
4. Rechazamos rotundamente la política extractivista y entreguista que viene promoviendo el Gobierno Central y que afecta los Territorios Indígenas que se evidencia con la entrega a las empresas transnacionales de los campos petroleros Auca, Shushufindi, Cuyabeno, Cononaco y Libertador conocidos como las joyas de la corona, así como el inminente inicio de la fase de explotación minera a gran escala.
5. Rechazamos profundamente la intromisión del Gobierno Nacional en las estructuras organizativas del Movimiento Indígena, que pretende dividir y fraccionar un proceso construido a base de lucha y resistencia permanente.
6. Rechazamos la intención de ciertos sectores oportunistas de pretender utilizar nuestras acciones y procesos de lucha con fines electorales.
La situación de los pueblos indígenas aislados en el Ecuador
Por David Chávez [1]
Boletín de Alerta
Introducción
Sandra, Byron y Damaris son los nombres de quienes murieron con lanzas en el más reciente hecho violento relacionado con los Taromenani del que se tiene noticia. Seguramente muy pocos recuerdan esos nombres. Ocurrió el 10 de agosto de 2009, en medio de las celebraciones por el bicentenario de la república, como para recordarnos el dramatismo trágico que se esconde tras las ideas fijas que tenemos sobre nuestra endeble condición como país. Tan víctimas Sandra y sus niños como los Taromenani, de quienes incluso su nombre genérico es inexacto y provisional, de la excluyente sociedad ecuatoriana que los condujo, por caminos distintos, a un encuentro violento. Lo que sobrevino luego parecía un deja vu, la repetición de un viejo libreto remozado y adecuado a las circunstancias. La atención fugaz de los medios que cambiarían de noticia al poco tiempo, el caos institucional del Estado como el deliberado mecanismo para evadir su responsabilidad, pronunciamientos condenatorios e indignados, las petroleras negando su existencia a pesar de su conocimiento privilegiado de la presencia de estos pueblos en las áreas cercanas a sus operaciones, etc. ¿Cuánto duró la trágica noticia en la “conciencia nacional”? Cuando más un par de semanas, luego las noticias realmente importantes, después los Taromenani volverían a ocupar su lugar, un pueblo olvidado en una de las regiones más olvidadas del país.
[1]Sociólogo. Revisión: Nora Fernández, Francisco Hurtado. Edición: Nora Fernández, Natalia Santamaría
[2]Declaraciones de Wilson Pástor, cuando era gerente de Petroamazonas, emitidas el día martes 23 de febrero del 2010, en el canal RTS (http://www.youtube.com/watch?v=StxgqXdhseI)
Ley Orgánica de Educación Intercultural
Por Francisco Hurtado - CDES
Como parte del monitoreo de normativa y políticas públicas que efectúa el Observatorio de Derechos Colectivos del Centro de Derechos Económicos y Sociales – CDES, a continuación se presenta el análisis de la Ley de Orgánica de Educación Intercultural en función del ejercicio de los derechos colectivos de pueblos y nacionalidades indígenas, tanto en su proceso formal de elaboración como en su contenido.
Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario
Por Francisco Hurtado - CDES
Como parte del monitoreo de normativa y políticas públicas que efectúa el Observatorio de Derechos Colectivos del Centro de Derechos Económicos y Sociales – CDES, a continuación se presenta el análisis de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular en relación con el ejercicio de los derechos colectivos de pueblos y nacionalidades indígenas, tanto en su proceso formal de elaboración como en su contenido.
El pluralismo jurídico y la administración de justicia indígena en el Ecuador
Por Edwar Vargas - CDES
Pese a que la Constitución actual del Ecuador, así como los instrumentos internacionales de derechos humanos han reconocido que los pueblos indígenas tienen derecho a administrar su justicia, el ejercicio efectivo de ésta, es en la actualidad objeto de deslegitimación por parte de los órganos del Estado. Lo anterior incentiva un imaginario social en el que las prácticas de justicia indígena son vistas como bárbaras, primitivas y que rayan en lo delincuencial. Este análisis busca abordar desde una perspectiva de los derechos humanos, el alcance del derecho colectivo a la administración de justicia.
Análisis sobre la criminalización actual en Ecuador
Por Francisco Hurtado - CDES
Es evidente que el control social lo ejerce quien detenta el poder, y los ámbitos donde se ejerce ese poder son múltiples, tanto en lo privado como en lo público. Las estructuras de las relaciones de poder determinarán los modos en que se ejerce control social, por lo que son varios los ámbitos donde aparecen sistemas de control (en la comunidad, espacios laborales o educativos, la ciudad, el Estado).
Consulta Previa en el Ecuador
Por David Chávez - CDES
El derecho a la consulta previa, libre e informada fue reconocido en el Ecuador el 24 de abril de 1998 cuando el Congreso Nacional, mediante resolución legislativa publicada en el R.O. 304, aprobó el Convenio No. 169 de la OIT, el mismo que ratificado por el Presidente de la República mediante decreto ejecutivo No. 1387 publicado en R.O. 311 del 6 de mayo de 1998. Posteriormente, este derecho fue incluido en la Constitución de 1998 y ratificado en la de 2008. Como antecedente a la aprobación de la actual Constitución conviene mencionar que en el marco del desarrollo internacional de los derechos colectivos se había promulgado en 2007 la Declaración de Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas. Este proceso reviste una particular importancia porque, de una parte, recoge las demandas del movimiento indígena ecuatoriano respecto a este y otros derechos colectivos; y, por otra, incorpora el desarrollo que estos derechos habían adquirido en el ámbito internacional expresado en el Convenio No. 169 de la OIT de 1989.
Derecho al Agua y Saneamiento: avances, límites y retos
Por Nora Fernández y Ricardo Buitrón C.
“un ingeniero amigo mío, que de esas cosas sabe mucho,
me explicaba el otro día que lo único se hace desde arriba son los pozos,
que todo lo demás se hace desde abajo..."
Eduardo Galeano.
En las últimas dos décadas, en Ecuador no se han realizado cambios significativos en servicios de agua y alcantarillado mediante conexiones domiciliarias, el mayor déficit se da en el sector rural. Existe mínimo tratamiento de aguas servidas antes de su descarga en cuerpos de agua. Aún después de las reformas constitucionales efectuadas en el año 2008, no se cuenta con una política clara para el saneamiento ambiental integral. Aunque se evidencia una creciente inversión pública en sistemas de agua potable y saneamiento, existe superposición de políticas, objetivos, funciones, responsabilidades y duplicidad de acciones en la elaboración de estudios, diseño de sistemas de información geográficos y bases de información, obras de inversión y construcción de infraestructura de sistemas de riego, agua potable y saneamiento ambiental, control de la calidad de agua potable y de la contaminación, manejo y protección de cuencas. La propuesta de ley de aguas y la renegociación de contratos con empresas concesionarias no se adecuan a la Constitución.
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Monitoreo de medios
Corte admite tratamiento de casación para Chevron Corte de Sucumbíos rechazó pedido para suspender fallo contra Chevron ‘La decisión de Tribunal Arbitral es violatoria’ La minería a gran escala llega al país Ecuador firmará contrato minero con compañía china Ecuacorriente
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